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Ya sea que el encargo se realice de manera presencial en el domicilio del despacho o por otros medios (e-mail, teléfono, fax, etc...) es necesario para seguridad de cliente y profesional la realización del documento escrito y reconocido entre las partes.
La actuación profesional se iniciará, salvo actuaciones de urgencia, una vez se haya cumplimentado el contrato con el interesado. El mismo y dado la imposibilidad de recoger todos los avatares del asunto, contendrá las condiciones mínimas de concertación, el presupuesto de honorarios y forma de pago, así como las cláusulas de protección de datos conforme a la L.O. 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal a cuyo objeto el profesional tiene registrados ante Registro General de la Agencia Española de Protección de Datos los correspondientes ficheros.
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